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20/10/2026

La Justicia debía determinar si el préstamo contraído por Macri y sus funcionarios iniciaba un nuevo ciclo de endeudamiento que no atendiera a los fines presentes en el documento suscripto por las autoridades del gobierno argentino con el organismo multilateral de crédito sino que consistiera en la obtención de divisas para la fuga. La sospecha era que, además del perjuicio al país, la maniobra habría redundado en beneficios económicos indebidos para los imputados o para terceros. ....LEER MÁS ....

En ese marco, los jueces recogieron el dictamen de Pleé para plantear que los fiscales no aclaraban "cuáles serían las medidas investigativas concretas que permitirían alcanzar" el esclarecimiento de los hechos. "El fiscal de primera instancia se limitó a cuestionar genéricamente la falta de diligencias sobre la trazabilidad de los fondos y que [m]ás allá de la necesidad de avanzar con la investigación, no pudo explicar cómo hacerlo. Y esa deficiencia no fue subsanada en el memorial presentado por el fiscal de cámara", sostuvieron.


Con ese respaldo, Carbajo, Borinsky y Hornos rechazaron los planteos de recusación y desistieron el recurso de queja, librando de la causa a Macri, Caputo, Sturzenegger y el resto de los funcionarios.


Javier Milei ya había retirado en febrero de este año al Estado como querellante, apenas tres días después que la jueza María Capuchetti dictara el archivo.


Sin embargo, la Oficina Anticorrupción había destacado en un informe incorporado en la causa que "las divisas (del préstamo del FMI) fueron utilizadas como un seguro de cambio para aquellos fondos que invirtieron en pesos en el fabuloso negocio de las Lebacs, y terminaron consumiéndose en la formación de activos externos, quebrantando los imputados la confianza del vínculo que los unía como funcionarios con los caudales públicos (deber de probidad)".


Por ello, el fiscal Picardi afirmó que Capuchetti realizó "una evaluación parcial, desmembrada, sesgada y superficial de los hechos y pruebas, así como del marco regulatorio que rige la materia sobre la que versa el caso y la aplicabilidad de normas imperativas". "Todo ello, para arribar a un temperamento conclusivo de la investigación", indicó.


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