Con la última actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), el tope máximo de la prestación en febrero asciende a $346.800, aunque el monto final varía según el salario previo de cada trabajador.
Se trata de un seguro social que garantiza un ingreso mensual y otros beneficios complementarios a quienes quedaron sin trabajo por causas contempladas en la ley.
El monto equivale al 75% del mejor sueldo promedio de los últimos seis meses trabajados, con un piso y un techo vinculados al SMVM. Actualmente, la prestación no puede ser menor al 50% ni mayor al 100% del salario mínimo vigente.
Además del pago mensual, incluye:
Asignaciones familiares, si corresponden.
Cobertura médico-asistencial.
Cómputo de aportes previsionales para la futura jubilación.
Acceso a la Tarifa Social SUBE.
Programas de capacitación y orientación laboral.
El organismo evalúa cada solicitud en forma individual, teniendo en cuenta los aportes registrados y el tipo de vínculo laboral.
Los principales requisitos son:
Trabajadores permanentes: al menos seis meses de aportes en los tres años previos al despido.
Trabajadores eventuales o de temporada: más de 90 días trabajados en el último año y menos de 12 meses en los últimos tres años.
Trabajadores de la construcción: mínimo de ocho meses de aportes en los dos años anteriores a la finalización de la obra.
El beneficio puede otorgarse por un período de entre 2 y 12 meses, según la cantidad de aportes acumulados.
Para febrero, el tope máximo es de $346.800. ANSES también difundió una estimación de los límites para los próximos meses, sujetos a la actualización del salario mínimo:
Marzo: $352.400
Abril: $357.800
Mayo: $363.000
Junio: $367.800
Julio: $372.400
Agosto: $376.600
De esta manera, quienes accedan al seguro verán ajustes progresivos en función de la evolución del SMVM.
El calendario se organiza según la terminación del DNI:
24 de febrero: DNI terminados en 0 y 1.
25 de febrero: DNI terminados en 2 y 3.
26 de febrero: DNI terminados en 4 y 5.
27 de febrero: DNI terminados en 6 y 7.
2 de marzo: DNI terminados en 8 y 9
El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido. Si se supera ese plazo, se descuenta tiempo del período total a cobrar.
Documentación necesaria:
DNI.
Telegrama de despido o constancia de finalización de contrato.
Comprobantes de aportes, si son requeridos.
Puede gestionarse:
Online, a través de Atención Virtual en el sitio oficial, con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Presencial, solicitando turno en una oficina del organismo.
Una vez aprobado, el pago se acredita en una cuenta bancaria asignada por ANSES y se incorpora al calendario mensual de liquidaciones.