El artículo 30 de la propuesta del Poder Ejecutivo busca derogar los artículos específicos de las leyes N° 26.206 de Educación Nacional, N° 26.058 de Educación Técnico Profesional y N° 27.614 de Financiamiento del Sistema de Ciencia y Tecnología .
De aprobarse esta medida, las asignaciones para estas áreas dejarán de tener una meta porcentual fija (como es el 6% del PBI para educación) y pasarán a definirse anualmente según lo disponga la Ley de Presupuesto de cada año, quedando sujetas a la discrecionalidad política y a la coyuntura fiscal.
Un incumplimiento crónico que se volvió norma
La propuesta del Ejecutivo llega en un contexto de incumplimiento crónico de estas metas por parte de 'sucesivas administraciones', como lo revela un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC).
El informe, acompañado por gráficos elocuentes, califica de 'divergencia persistente' la brecha entre los objetivos legales y los recursos efectivamente ejecutados.
En lo relativo a la educación en general, el objetivo de inversión del 6% del PBI (fijado por la Ley N° 26.206) 'registró cumplimiento en un solo ejercicio'. El gráfico muestra que el gasto real (línea azul) se mantuvo sistemáticamente por debajo de la meta (línea verde), con un pico cercano en 2015 para luego iniciar una tendencia decreciente
En cuanto a la Educación Técnico Profesional, el piso del 0,2% de los ingresos corrientes para el fondo específico (Ley N° 26.058) 'solo se alcanzó en su primer año de existencia', según la OPC.
En lo que respecta a la Ciencia y Tecnología, la situación es aún más crítica. La OPC destaca que 'nunca se alcanzaron las metas de crecimiento progresivo' fijadas por la Ley N° 27.614. El gráfico muestra cómo el gasto devengado (azul) no solo está muy por debajo del objetivo (verde), sino que proyecta una caída abrupta para 2024 y 2025.
Esta visión es consistente con los análisis de organizaciones de la sociedad civil como Argentinos por la Educación. Desde ese observatorio documentaron en reiterados informes el incumplimiento crónico de la meta del 6% del PBI. En su relevamiento llamado 'Lo prometido es deuda (educativa)', señalan que, bajo distintas administraciones, el objetivo prácticamente no se alcanzó nunca, acumulando una millonaria 'deuda educativa' por los fondos que legalmente debían haberse invertido y nunca se ejecutaron.
Sinceramiento fiscal y legalización del ajuste
La decisión política de derogar estas leyes expone una conclusión que la OPC no se animó a formular: más allá de las intenciones, la medida legaliza una situación de hecho y elimina la principal herramienta de rendición de cuentas sobre estas metas.
Lo que esta derogación propone es un sinceramiento: se abandona la ficción de una meta legal que el Estado -bajo distintas gestiones- demostró no poder o no querer cumplir. Al eliminar la obligación legal, el Gobierno echa por tierra el parámetro contra el cual la sociedad civil, los sectores educativos, la comunidad científica y la oposición política podían medir el esfuerzo del Estado y exigir el cumplimiento de un consenso social plasmado en una ley.
Desde una perspectiva oficialista, la medida podría defenderse como un ejercicio de sinceramiento presupuestario y responsabilidad fiscal. El argumento central es que las leyes de financiamiento, al fijar metas porcentuales que se demostraron inalcanzables en el contexto económico argentino, se habían convertido en letra muerta. Al derogarlas, el Gobierno argumentaría que está eliminando una ficción legal y forzando al debate presupuestario a basarse en los recursos reales disponibles.
Otro argumento a favor de la derogación se centra en la búsqueda de flexibilidad y eficiencia en el gasto. Los defensores de la medida podrían sostener que los pisos fijos (conocidos como inputs) no garantizan por sí solos una mejora en la calidad educativa o científica. Eliminar estas ataduras legales permitiría al Ejecutivo asignar recursos de manera más dinámica, priorizando la efectividad de las partidas por sobre la obligación de gastar por gastar solo para alcanzar un porcentaje arbitrario.
Independientemente de cuál sea la intención, el resultado práctico es que se pasa de un escenario de incumplimiento (donde había unameta que existía y podía ser reclamada) a un escenario de inexistencia de la obligación. La discusión presupuestaria anual ya no tendrá un estándar legal superior como referencia, sino que el piso de inversión será, simplemente, lo que el gobierno de turno decida asignar.
De esta forma, los estándares para medir el esfuerzo del Estado serán otros. Ya no se podrá auditar el cumplimiento de la ley, sino que el debate se centrará en métricas alternativas: las comparaciones histórica (cuánto se invierte respecto a años anteriores) o internacional (cuánto invierte Argentina en relación con otros países de la región o con economías similares).


