Argentina volvió al mercado de deuda después de ocho años con la reciente emisión de un bono en dólares por 1.000 millones, un movimiento que genera expectativas sobre un posible regreso al mercado internacional de capitales y sobre la capacidad del país de cubrir los vencimientos de deuda de enero de 2026. 


Este paso, considerado prioritario por el Gobierno nacional, pone nuevamente en el centro del debate la Ley de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública, conocida como “Ley Guzmán”. La norma, aprobada en 2021, establece que cualquier programa de financiamiento debe contar con aprobación parlamentaria.


Según la economista Mercedes D’Alessandro, “cuando el Gobierno se endeuda por decreto, sin pasar por el Congreso, está decidiendo sobre el futuro de millones de hogares sin debate ni control democrático. La urgencia financiera no justifica borrar la supervisión parlamentaria”. En diálogo con El Auditor.info, explica que priorizar el pago de la deuda y el superávit fiscal por encima de políticas de crecimiento y desarrollo implica decisiones que afectan directamente jubilaciones, salarios, salud, educación y políticas de cuidado.


Por su parte, Emilia Val, socióloga especializada en sociología económica, señala que el uso de decretos y la discrecionalidad en la gestión de la deuda responden a la necesidad del Gobierno de asegurar flujos de corto plazo: “El Ejecutivo prioriza la rapidez operativa para mantener la estabilidad cambiaria y cumplir los próximos pagos de deuda, aun si eso significa flexibilizar reglas y limitar la participación parlamentaria”.


'La urgencia financiera no justifica borrar la supervisión parlamentaria', resalta la economista Mercedes D'Alessandro.


Val subraya que esta lógica se mantiene porque ni el mercado ni los principales socios políticos del Gobierno cuestionan que no se apliquen los mecanismos de control, lo que permite actuar con altos niveles de discrecionalidad y escasa transparencia.


La Ley Guzmán no pretende que el Congreso haga ingeniería financiera, sino que actúe como órgano de decisión política. D’Alessandro explica: “Si el Congreso no tuviera capacidad para discutir deuda, tampoco podría aprobar presupuestos, reformas laborales o sistemas previsionales, que son igual o más complejos. La deuda es una decisión política, no solo técnica. Sacarlo de esa discusión es sacar a la ciudadanía del debate sobre su propio futuro”. 


Aunque existen leyes que obligan a la supervisión parlamentaria, en la práctica ni la oposición ni los ciudadanos recurren constantemente a la Justicia para exigir su cumplimiento. D’Alessandro apunta a la distancia entre el tema de la deuda y la percepción de sus efectos en la vida cotidiana y a la falta de mecanismos o de voluntad política clara para exigir el cumplimiento de la norma.


'Cuando se aprueban acuerdos importantes por decreto se reduce la transparencia y el Congreso queda desdibujado', destaca la socióloga Emilia Val.


El desafío de conciliar decisiones rápidas en materia de deuda con la supervisión parlamentaria es central. Según D’Alessandro, “el Congreso puede sesionar de forma urgente, aprobar marcos generales de endeudamiento y autorizar operaciones específicas en plazos breves, con apoyo de especialistas para tomar decisiones informadas sin perder la supervisión democrática”. 


Val coincide en que la urgencia financiera no debe reemplazar el control legislativo. “Cuando se aprueban acuerdos importantes por decreto o mecanismos alternativos se reduce la transparencia y el Congreso queda desdibujado, debilitando el control democrático y naturalizando la gestión discrecional de la deuda”. 


La especialista subraya que de generalizarse esta práctica, se normalizaría una gestión de la deuda basada únicamente en criterios financieros de corto plazo, sin considerar el carácter institucional y político de la deuda soberana.


El uso de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), según Val, es un recurso que permite al Gobierno ganar “rapidez operativa” evitando negociaciones políticas potencialmente complicadas, especialmente en contextos en los que se han registrado dificultades en el Parlamento o revés político. 


Sin embargo, dice, “numerosos actores políticos y financieros toleran esta ambigüedad institucional si perciben un programa fiscal alineado con la voluntad de pago de los compromisos, aunque eso reduzca la previsibilidad política y la transparencia”. En ese sentido, la Ley Guzmán fue pensada para dar un respaldo político amplio y explícito a las decisiones de endeudamiento externo, otorgando legitimidad y previsibilidad no solo financiera sino también institucional.


Más allá de la discrecionalidad, existen mecanismos que permitirían cumplir la Ley Guzmán sin afectar la gestión de la deuda. Val explica que no se trata de elegir entre control o rapidez, sino de diseñar procedimientos institucionales que aseguren información previa, respaldo político y rendición de cuentas. 


Por ejemplo, se podrían establecer marcos generales de autorización de endeudamiento en el presupuesto, comisiones técnicas de apoyo y mecanismos de información previa sobre los términos de los acuerdos, siempre que exista la voluntad política para implementarlos.


D’Alessandro refuerza esta idea: “La clave es combinar la rapidez operativa con la transparencia y el debate público, asegurando que no se transfieran costos futuros a la sociedad sin consenso”. Para ella, la supervisión parlamentaria no solo protege los recursos públicos, sino que también permite que la ciudadanía participe del debate sobre decisiones que impactan en su futuro económico y social.