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EL GOBIERNO IMPULSA UNA PROFUNDA OLA DE DESREGULACIÓN QUE ALCANZA A FARMACIAS, CABOTAJE, CORRETAJE, MERCADOS FINANCIEROS, AGRO Y CULTURA
19/07/2026

Un anteproyecto elaborado por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que conduce Federico Sturzenegger, propone modificar o derogar decenas de leyes y centenares de artículos para liberalizar actividades económicas, reducir requisitos regulatorios y avanzar en la digitalización de procedimientos. La iniciativa abarca desde la venta de medicamentos y el transporte marítimo hasta los fideicomisos, los mercados de capitales y los arrendamientos rurales. ....LEER MÁS ....

 


El Gobierno nacional comenzó a hacer circular en diversos ámbitos un extenso anteproyecto de ley de desregulación económica que avanza sobre sectores muy diversos de la actividad productiva y comercial. El texto al que accedió parlamentario.com contiene más de un centenar de artículos distribuidos en ocho títulos y propone una de las reformas regulatorias más amplias desde el inicio de la gestión de Javier Milei.


La iniciativa modifica el Código Civil y Comercial, la Ley de Farmacias, la legislación de navegación y cabotaje, normas vinculadas con el mercado de capitales, fideicomisos y garantías, además de derogar leyes históricas vinculadas con arrendamientos rurales, promoción vitivinícola, traductores públicos, corretaje y regulación del gas licuado de petróleo.


El objetivo declarado es eliminar restricciones consideradas innecesarias, promover la competencia, facilitar la incorporación de nuevas tecnologías y reducir la intervención estatal en distintos mercados. 


Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado.


Corretaje: apertura total de la actividad


Uno de los primeros capítulos elimina buena parte de las restricciones para ejercer como corredor.


El proyecto establece que para ejercer el corretaje sólo será necesario ser mayor de edad y contar con título secundario. También habilita expresamente que puedan actuar tanto personas humanas como jurídicas.


Asimismo, permite que la actividad se realice mediante plataformas digitales y autoriza a los corredores a organizarse bajo cualquier forma societaria.


Entre los cambios más significativos, se prohíbe que futuras regulaciones establezcan:



  • ● Requisitos de residencia.

  • ● Incompatibilidades con otras profesiones.

  • ● Aranceles mínimos o máximos.

  • ● Honorarios obligatorios.


Además, se derogan los artículos 31 a 35 de la Ley 20.266 y el artículo 1355 del Código Civil y Comercial.


 


Gas licuado: desaparece la regulación económica


El anteproyecto crea un nuevo régimen para el Gas Licuado de Petróleo (GLP) que limita la intervención estatal a cuestiones de seguridad.


La autoridad de aplicación conservará facultades de control técnico, pero se prohíbe expresamente regular:



  • ● Precios.

  • ● Cantidades.

  • ● Volúmenes comercializados.

  • ● Márgenes de rentabilidad.

  • ● Condiciones comerciales.


La reforma culmina con la derogación completa de la Ley 26.020, principal marco regulatorio del sector, y del artículo 74 de la Ley 24.076.


 


Libros y doblaje: eliminación de regulaciones históricas


La iniciativa modifica la Ley de Fomento del Libro y la Lectura y elimina distintos organismos y mecanismos regulatorios.


La Secretaría de Cultura pasa a ser la autoridad de aplicación y se derogan numerosos artículos de la Ley 25.446.


Además, se eliminan dos normas emblemáticas: Ley 23.316, vinculada a la industria del doblaje.


 Ley 25.542, conocida como ley de precio uniforme del libro.


La derogación de esta última habilitaría una mayor libertad comercial en la venta de publicaciones.


 


Traductores públicos: fin de la obligatoriedad general


Otro de los cambios apunta al régimen de traducciones.


Se deroga el artículo 6 de la Ley 20.305 y se establece que el Poder Ejecutivo sólo podrá exigir traducciones al castellano en casos excepcionales, cuando existan razones técnicas, jurídicas o derivadas de compromisos internacionales.


 


Farmacias: venta digital y medicamentos de venta libre en comercios


Uno de los capítulos más sensibles modifica profundamente la Ley 17.565 (Ley de Farmacias).


Entre las principales novedades figuran:



  • ● Venta de medicamentos con receta por canales digitales.

  • ● Entrega a domicilio.

  • ● Comercialización de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias.

  • ● Libertad para fijar horarios de atención.

  • ● Digitalización de recetas y registros.


También se habilita que las farmacias adopten cualquier forma societaria permitida por la legislación vigente.


Las droguerías podrán vender directamente al público si deciden constituirse como farmacias.


Por otra parte, se derogan los artículos 11, 13, 20, 27 y del 40 al 44 de la ley vigente.


 


Agro: cambios en carne vacuna, arrendamientos y vitivinicultura


El anteproyecto introduce una transformación importante en distintas cadenas agroindustriales.


Carne vacuna


Las contribuciones obligatorias que financian al Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA) serían eliminadas definitivamente a partir del 1 de octubre de 2027.


El organismo pasaría a sostenerse mediante:



  • ● Aportes voluntarios.

  • ● Donaciones.

  • ● Servicios y certificaciones.


Arrendamientos rurales


El Gobierno propone derogar integralmente: Ley 13.246.


 Ley 14.432.


Ambas regulan desde hace décadas los contratos de arrendamiento y aparcerías rurales.


Los contratos actualmente vigentes seguirán rigiéndose por esas normas hasta su vencimiento.


Vino y alcoholes


Se introducen modificaciones amplias en las leyes de vinos y alcoholes.


Entre ellas:



  • ● Adopción de prácticas reconocidas por la Organización Internacional de la Viña y el Vino.

  • ● Simplificación de controles.

  • ● Enfoque de fiscalización concentrado en el tramo final de la cadena productiva.

  • ● Nuevos esquemas sancionatorios medidos en UVAs.


Fin de la COVIAR


Uno de los puntos de mayor impacto político es la derogación de la Ley 25.849.


Esa norma dio origen al Plan Estratégico Vitivinícola y a la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR).


La entidad deberá presentar un informe de cierre, rendir cuentas y proceder a su liquidación.


Los fondos remanentes pasarán al Instituto Nacional de Vitivinicultura.


 


Cabotaje: apertura a buques extranjeros


El capítulo dedicado a la marina mercante implica una de las reformas más profundas del sector en décadas.


Se habilita que buques extranjeros realicen libremente transporte de cabotaje dentro del territorio argentino.


Las exigencias de tripulación nacional serán graduales:



  • ● Hasta 90 días: sin obligación.

  • ● Entre 91 y 180 días: 20%.

  • ● Entre 181 y 360 días: 40%.

  • ● Más de 360 días: 75%.


También se deroga el histórico Decreto Ley 19.492 de 1944, eje de la reserva de carga nacional.


Entre otros beneficios:



  • ● Se reduce a cero el arancel de importación para buques de hasta 20 años de antigüedad.

  • ● Se flexibilizan los requisitos de matrícula.

  • ● Se digitalizan documentos de transporte marítimo.


 


Revolución digital en garantías y mercado financiero


La parte más extensa del proyecto está dedicada al sistema financiero y al mercado de capitales.


Las reformas incluyen:


Prendas y garantías



  • ● Reconocimiento de contratos inteligentes.

  • ● Uso de blockchain y registros distribuidos.

  • ● Prendas sobre activos virtuales.

  • ● Prendas sobre propiedad intelectual.

  • ● Creación del Sistema Federal de Registro de Garantías.


Warrants



  • ● Emisión digital.

  • ● Negociación en mercados.

  • ● Inscripción electrónica.

  • ● Nuevos mecanismos de ejecución.


Pagarés y letras


Se habilitan cláusulas de actualización e indexación y se reconoce plenamente la validez de los instrumentos digitales.


Fideicomisos


Se flexibilizan las reglas de constitución y funcionamiento.


Los créditos garantizados mediante fideicomisos adquieren mayor protección frente a concursos y quiebras.


Mercado de capitales


La reforma redefine gran parte de la Ley 26.831.


Entre sus principios rectores incorpora:



  • ● Neutralidad tecnológica.

  • ● Inclusión financiera.

  • ● Uso de activos digitales.

  • ● Registros distribuidos.


También amplía las facultades de la Comisión Nacional de Valores y permite que numerosos instrumentos financieros puedan emitirse y negociarse en formato digital.


 


Derogaciones destacadas


Además de las reformas sectoriales, el anteproyecto elimina íntegramente varias normas relevantes: Ley 26.020 (Gas Licuado de Petróleo).


 Ley 13.246 (Arrendamientos rurales).


 Ley 14.432 (Aparcerías rurales).


 Ley 25.849 (Creación de COVIAR).


 Ley 23.149 (Fraccionamiento o envasado de vinos en origen).


 Ley 23.316 (Ley de doblaje para televisión).


 Ley 25.542 (Precio Uniforme del Libro).


 Diversas disposiciones de las leyes 27.418 y 27.419 sobre marina mercante.


 Normas históricas sobre sociedades de capitalización y ahorro.


 


Una nueva etapa desreguladora


El anteproyecto constituye una nueva avanzada del programa de desregulación impulsado por Javier Milei y Federico Sturzenegger. A diferencia del DNU 70/23, esta vez se trata de un proyecto de ley que modifica en forma simultánea actividades profesionales, sectores productivos, comercio, transporte, servicios financieros y organismos de promoción sectorial.


De prosperar en el Congreso, implicaría una de las mayores reestructuraciones regulatorias de los últimos años, con especial énfasis en la apertura de mercados, la eliminación de contribuciones obligatorias, la digitalización de trámites y la reducción de facultades estatales para intervenir en precios y condiciones comerciales.



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